Patrimonio geológico, otra oportunidad perdida

La declaración de DIGNE (1992) y posteriormente la declaración de GIRONA (1998), afirmaban que el patrimonio geológico está íntimamente unido al medio ambiente y su conservación es indisociable del resto de elementos del Patrimonio Natural y cultural en general, por lo tanto, una política de conservación de la naturaleza que no contemple la gestión y protección del patrimonio geológico, nunca será una política ambiental correcta.

 

La recomendación sobre conservación de la herencia geológica y de las áreas de interés geológico especial (REC 2004-3) del Consejo Europeo, adoptada por el Consejo de Ministros el 5 de mayo de 2004, instaba a los gobiernos a través de diez propuestas de actuación, a inventariar, proteger y divulgar el Patrimonio Geológico.

 

En Baleares se ha realizado un notable esfuerzo de inventario y caracterización del patrimonio geológico, que hasta ahora no se ha reflejado en figuras normativas y de protección.

En efecto, la publicación de los libros “Illes d’aigua. Patrimonio geològic i hidrogeològic de les Illes Balears” (2006) y “Els camins de l’aigua de les Illes Balears” (2009), realizados por la Conselleria de Medio Ambiente en colaboración con el Instituto Geológico y Minero de España (IGME) y con la participación de investigadores de la Universidad de las Islas Baleares (UIB), Asociación de geólogos de las Islas Baleares (AGEIB) y la Federación de espeleología de las Islas Baleares, representó un hito fundamental en el conocimiento de nuestro patrimonio. Por su parte, la Dirección General de Recursos Hídricos, en cumplimiento de la resolución del conseller Jaume Font, de 14 de febrero 2007, elaboró en abril de 2007, un “Informe-propuesta de inventario y creación de la red de patrimonio geológico de las Islas Baleares, para su protección y gestión”. Dicha propuesta incluía un borrador de decreto.

Los lugares inventariados en los trabajos citados, se corresponden con los puntos 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8, de las unidades geológicas más representativas de la geodiversidad del terrirorio español y a los puntos 3, 6, 12 y 13, de los contextos geológicos de España de relevancia mundial, del Anejo VIII de la Ley 42/2007 de 13 de diciembre.

 

En noviembre de 2008, tuvo lugar la I Jornada de Patrimoni Geològic de les Illes Balears, en la que se presentó, entre otras ponencias, el borrador de decreto anejo al Informe Propuesta de 2007. El conseller Miguel A. Grimalt se comprometió a aprobar el decreto en 2009.

De esta jornada se hizo eco toda la prensa de Baleares. En algunos medios, se publicaron planos y listados de los LIGs.

 

En base a estos estudios realizados y del compromiso adquirido en la jornada citada y recogido por toda la prensa, en 2010 la Conselleria de Medio Ambiente elaboró un borrador de decreto sobre “Aprobación del inventario de lugares de interés geológico de las Islas Baleares y de protección del patrimonio geológico”, que incluía las parcelas catastrales afectadas para su exposición pública.

Y en eso llegó el conseller Gabriel Company … “ya está bien de proteger” (en palabras de un funcionario que actuaba como la “voz de su amo”).

 

En enero de 2016, la Associació de Geòlegs de les Illes Balears (AGEIB) remitió escrito al conseller de Medio Ambiente en el que, en base a los argumentos que se citaban, se instaba a la Conselleria de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, a “cumplir con la legalidad vigente y aprobar de manera urgente el inventario de lugares de interés geológico de las Islas Baleares”.

En efecto:

La ley 42/2007 de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, establece en su artículo nº 2 los principios que la inspiran:

2.b.    “La conservación de la biodiversidad y de la geodiversidad”

………………..

2.d.   “La conservación y preservación de la variedad, singularidad y belleza de los ecosistemas naturales, de la diversidad geológica y del paisaje”.

Esta Ley define formalmente, por primera vez en un texto legal, los conceptos de geodiversidad, geoparque, recursos naturales y patrimonio geológico, como parte integrante del Patrimonio Natural.

En su artículo 5.1. establece que “todos los poderes públicos, en sus respectivos ámbitos competenciales, velarán por la conservación y la utilización racional del patrimonio natural en el territorio nacional y en las aguas marítimas sobre soberanía o jurisdicción española, incluyendo la zona económica exclusiva y la plataforma continental, con independencia de su titularidad o régimen  jurídico”. En el apartado 2.f. del mismo artículo establece que las administraciones públicas “integrarán en las políticas sectoriales los objetivos y previsiones necesarios para la conservación y valoración del patrimonio natural, la protección de la biodiversidad y la geodiversidad, la conservación y uso sostenible de los recursos naturales y el mantenimiento y en su caso, la restauración de la integridad de los ecosistemas”.

En su artículo nº 9 establece los objetivos y contenido del Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. En el contenido mínimo del mismo, figura “un inventario de lugares de interés geológico representativo de, al menos, las unidades y contextos geológicos recogidos en el Anejo VIII”.

El Real Decreto 556/2011 de 20 de abril, para el desarrollo del Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, que tiene carácter de legislación básica sobre protección del medio ambiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.23a de la Constitución, establece en su disposición adicional segunda, “Integración progresiva de los instrumentos de inventario”, la obligación de incorporar el inventario de lugares de interés geológico a más tardar, dos años desde la entrada en vigor de dicho real decreto.

 

Dada la aparente falta de interés e inoperancia de la Conselleria de Medio Ambiente en este tema, en reunión mantenida en junio de 2020 de Izquierda Unida de las Islas Baleares con el conseller Miguel Mir, se le emplazó a tramitar el decreto comprometido en 2008 y ya preparado para ser sometido a información pública desde 2010, dándole un plazo de seis meses. En caso contrario, EUIB lo plantearía en el Parlamento.

 

Rebasado ampliamente el plazo fijado, en junio de 2021 el diputado Pablo Jiménez se reunió con el conseller Miguel Mir para comunicarle que se pretendía presentar en el siguiente periodo de sesiones, la proposición de ley (PL) de Patrimonio Geológico. El conseller se mostró de acuerdo ya que la consellería “no tenía este tema como prioritario”.

 

La conselleria había optado por contratar la elaboración de unas “Guías didácticas de patrimonio geológico de les Illes Balears con caracterización y propuesta de señalización de lugares, miradores e itinerarios de interés geológico”,  que debían reflejar el “Inventario LIGs de la Dirección General de Recursos Hídricos” (se refiere supuestamente, al documento técnico de 2007). Los trabajos se finalizaron y certificaron en el año 2018. A día de hoy, dichas guías no están colgadas en la página web de la CAIB. En cualquier caso, divulgar antes de proteger, se antoja una técnica cuestionable.

 

En febrero de 2022, se remitió a la conselleria el borrador de la PL con sus anejos. La conselleria colaboró en la corrección de topónimos y también advirtiendo que era necesario que se contemplara la dotación de personal y presupuesto (el pretexto de siempre). Según D. Santiago Ramón y Cajal: “Más que escasez de medios, lo que hay es miseria de voluntad”.

 

Finalmente, el día 14 de julio de 2022, se registró en el Parlament la Propuesta de Ley y se presentó en rueda de prensa por parte de Unidas Podemos y Més.  

 

https://youtu.be/fds4QiCoX18

https://www.ultimahora.es/noticias/local/2022/07/14/1757363/izquierda-presenta-ley-para-proteger-lugares-interes-geologico-baleares.html

 

El PSOE se negó desde el principio a apoyarla. Mercedes Garrido se mostró siempre contraria. Pero posiblemente no interesaba votar en contra en un debate parlamentario, pues podía suceder que la PL saliera adelante incluso con el apoyo del PP. La solución por parte de Mercedes Garrido fue practicar lo que podríamos llamar obstruccionismo parlamentario, abusando del control de la mesa y dilatando los plazos para hacer inviable el debate.

 

El Patrimonio Geológico y su utilización con fines científicos, culturales, de desarrollo territorial y del geoturismo, no es un tema de derechas o de izquierdas, es un tema de cumplimiento de la legislación básica, de visión estratégica y de dos dedos de frente. Vienen a la mente los versos de Antonio Machado: “… desprecia cuanto ignora”.

 

En Baleares llevamos muchos años hablando de diversificar el modelo turístico y de desestacionalización, pero seguimos (y por lo que se ve, seguiremos) apostando por el modelo de sol, playa y “balconing”.

 

En última instancia, le cabe al PSOE en general y a Mercedes Garrido en particular, el dudoso honor de mantener a Baleares en flagrante incumplimiento de la legalidad vigente y a la cola de todos los territorios del estado, en la protección del Patrimonio Geológico, su divulgación y su utilización como recurso didáctico, cultural y turístico. ¡ENHORABUENA! 

Alfredo Barón, Cabrera, marzo 2013
Alfredo Barón, Sierra de Cameros, La Rioja, 1967
"Yo siempre escribo a lápiz, las palabras en los ordenadores se las lleva un click" EL ROTO

 

 

 

 

Ésta página web es un regalo de jubilación para Alfredo Barón, de sus amigos.

Abril 2013.

 

 

 

 

 

Imagen portada: "Els Encantats, Pirineus."